El desarrollo de la pandemia de Covid-19 obligó a las autoridades de muchos países de la región a reducir la circulación de sus habitantes, así como también a desplegar estrategias para que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) mantengan la productividad en cada uno de los países. En ese sentido, el teletrabajo se transformó en una alternativa viable para mantener la economía de muchas familias y empresas presentes en los países.
En ese sentido el Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE) dispuso el Decreto Supremo No. 004-2021-TR, que fija las reglas para la desconexión digital de los trabajadores en trabajo remoto. Esta normativa estipula que quienes realizan tareas laborales de forma remota tienen derecho a desconectarse de los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos que utilicen para prestar servicios.
En el período en que el trabajador se encuentre desconectado, de acuerdo con los estipulado por la normativa, el empleador no podrá exigir que se realicen labores. Tampoco podrá demandar al empleado responder comunicaciones o establecer reuniones laborales. Sin embargo, estas acciones se pueden habilitar previo acuerdo entre ambas partes.
La normativa estipula que el tiempo de desconexión digital se extiende entre el término de una jornada diaria de trabajo y el inicio de la siguiente. Si durante ese tiempo, el empleador y el trabajador acuerdan que este último realice alguna tarea o coordinación de carácter laboral, esta labora se considera como trabajo en sobretiempo y se paga o compensa con descanso sustitutorio. La norma también especifica como desconexión digital a los días de descanso semanal, a los feriados, vacaciones, días de licencias y cualquier fecha que suponga un cese en la relación laboral.
Por otra parte, el decreto indica que el tiempo estipulado para desconexión digital de los trabajadores de dirección, aquellos que no necesitan una fiscalización inmediata, así como también para los que prestan servicios intermitentes debe ser de al menos 12 horas continuas al día. Este tiempo se suma a aquellos días no laborables.
Asimismo, la norma explica que interferir en estos descansos supone una infracción administrativa grave, ya sea por comunicaciones o coordinaciones de carácter laboral, a través de cualquier equipo o medio informático, de telecomunicaciones o análogos.
La generación de una normativa que busque respetar las condiciones laborales de los trabajadores a distancia es un paso adelante en la implementación del teletrabajo en el Perú. Sin embargo, para estimular esta actividad es necesario que también existan esfuerzos por llevar acceso a banda ancha a la población, en particular con tecnologías de banda ancha móvil que por sus condiciones permiten abarcar grandes coberturas con menor inversión.
En este marco cobra importancia las políticas que puedan llevar adelante las autoridades en lo que refiere a una mayor disponibilidad de espectro radioeléctrico para los servicios móviles. Una de las medidas interesante propuestas por las autoridades del Perú es la generación de una agenda que permita a la industria conocer los pasos a seguir en cuanto al ofrecimiento de espectro para servicios 5G.
Por otra parte, es importante que se desarrollen políticas que busquen agilizar el tendido de las redes de telecomunicaciones en el mercado. La reducción de las trabas burocráticas al despliegue de infraestructura son medidas necesarias para aumentar el acceso en el mercado. En este marco es también destacable la norma de ventanilla única que existe en Perú y que busca reducir la cantidad de documentación que deben presentar los operadores al momento de desarrollar una nueva red.
En resumen, la generación de una norma que resguarde los derechos de los tele trabajadores es importante para mejorar las condiciones de estas actividades. Sin embargo, debe estar complementada por una estrategia de gobierno que busque mejorar el acceso a la banda ancha.